El decreto Nº 726/2020 dispone la realización del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas ronda 2020
El director del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), Marco Lavagna, anticipó que el Censo de Población que se realizará en la Argentina combinará “el autoempadronamiento digital (e-Censo)“ con el relevamiento presencial, implementando las dos modalidades. El último censo realizado fue el 27 de octubre de 2010 y confirmó que viven 40.117.096 de personas.
“La pandemia tiene un impacto importante en la manera que se van a desarrollar los censos de población. El desafío es pensar en cómo brindarle a la población nuevas alternativas para que puedan participar”, dijo Lavagna en la apertura del seminario web “¿Hacia un cambio de paradigma de los censos de población?” durante XX la Reunión Especializada de Estadísticas del Mercosur (REES).
El encuentro realizado por el Indec y contó con la participación de especialistas de las Naciones Unidades, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Instituto Nacional de Estadística (INE) de España y los titulares de los organismos similares en Brasil, Paraguay y Uruguay. En este sentido, el presidente del Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE), Eduardo Luiz Gonçalvez Ríos Neto, reveló el modelo a implementarse en su país.
En el gigante sudamericano se realizará un modelo mixto con entrevistas presenciales, telefónicas y completamiento digital del cuestionario para el Censo de 2022. Mientras que el director del Instituto Nacional de Estadísticas de Paraguay, Iván Ojeda, dio a conocer que habrá implementación digital, la construcción de un geoportal, la lectura de datos por escáner y el uso de imágenes satelitales.
Por último, en Uruguay estará basado en registros administrativos y propone la creación de un data warehouse estadístico con los resultados obtenidos. En la Argentina, El decreto Nº 726/2020 dispone la realización del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas ronda 2020 y la fecha del operativo censal se establecerá durante los sesenta días posteriores a la finalización de la emergencia sanitaria.